De conformidad con lo indicado en comunicados anteriores, nos permitimos recordarles que el Gobierno Nacional mediante la Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo reduciendo la jornada ordinaria laboral progresivamente de 48 a 42 horas semanales.
Teniendo en cuenta que la implementación de la reducción es gradual, por medio del presente comunicado nos permitimos recordarle las fechas relevantes que debe tener presentes:
• A partir del 15 de julio de 2023 la jornada ordinaria se redujo a 47 horas semanales.
• Desde el 15 de julio de 2024 la jornada ordinaria será de 46 horas semanales.
• Desde el 15 de julio de 2025 será de 44 horas semanales.
• A partir del 15 de julio de 2026 se regulará definitivamente la jornada laboral en 42 horas semanales.
Sumado a lo anterior, es importante recordar que la Ley 2101 de 2021, indica que, con la disminución de la jornada máxima legal los derechos de los trabajadores no se podrán ver afectados, lo cual implica que no existan disminuciones salariales.
Así mismo, resaltamos que con la disminución de la jornada desapareció el límite de 8 horas diarias anteriormente previsto, puesto que el nuevo texto ya no menciona dicha limitación. Lo anterior, permite una mayor flexibilidad para determinar la jornada laboral y permite trabajar 5 o 6 días a la semana.
Cabe aclarar que el empleador podrá discrecionalmente adoptar la nueva la jornada laboral reducida, 42 horas semanales, desde la entrada en vigencia de la ley sin ningún tipo de restricción.